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Cuestionan el fallo por el asesinato de Diana Sacayán – Télam

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La activista Diana Sacayan fue asesinada en octubre de 2015

La activista Diana Sacayan fue asesinada en octubre de 2015

El Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL) cuestionó  el fallo de la Cámara Nacional de Casación, que confirmó la pena a prisión perpetua para Gabriel David Marino por el homicidio de la dirigente trans Diana Sacayán, cometido en octubre de 2015 en el barrio porteño de Flores, aunque le quitó el agravante de «odio a la identidad de género», que fue por primera vez empleado en este caso en 2018.

En un comunicado, el MAL subrayó que el fallo de la Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional quita «la doble calificación agravada del fallo del Tribunal Oral en lo Criminal n 4; para ser más específicos, quita el inciso 4to del art. 80 del Código Penal de la Nación, que es el odio a la identidad de género, Dice que lo que pasó con Diana se trata de un femicidio”.

“Queremos expresar nuestro repudio a este fallo, en primer lugar porque es un fallo arbitrario, contradictorio, de un carácter de suma crueldad para el colectivo travesti trans. Entendemos este fallo como una respuesta política de sectores resistentes dentro del poder judicial, al avance de los derechos de las identidades travestis, en particular”, subraya la organización.

El comunicado sostiene que “un fallo que reconoce la violencia estructural del colectivo travesti trans, pero que la coloca como parte de violencia de género y además dice reconocer a Diana Sacayán como “MUJER” y al mismo tiempo niega su calidad como defensora de los derechos humanos y como referente de colectivo travesti trans”.

“Cuando dice que Diana es una mujer, No solo que Diana no es una mujer, la identidad de Diana es travesti, en tal caso es una femineidad travesti”, subraya la nota.

La organización cuestiona que “la Cámara dice que Marino mató a Diana por mujer trans, con violencia de género, en un contexto de violencia estructural hacia las travestis, transexuales y transgéneros, pero sin transfobia”.

“Ignora y desdice la prueba del juicio que todes, todix, todes, vimos y escuchamos; valora la Cámara que no hay suficiente violencia, que la apuñalaron 13 veces, pero que en realidad no se considera apuñalamiento, aquello no es con un gran cuchillo, que en realidad todos los signos de violencia en el cuerpo de Diana son sin querer, por error, y producto de un golpe en el “forcejeo”, agrega.

El comunicado añade que el fallo dice que «el cuerpo de Diana no refleja la suficiente violencia en sus genitales ni exposición de su cuerpo, que no sucedió en una fecha significativa para el colectivo LGBT, y que Marino no realizó expresiones transfóbicas, sino por el contrario, expresiones de afecto”.

La organización enfatiza que “hay una sentencia que es histórica, que ha sido reconocida y usada en otros casos, como buenas prácticas en la justicia, que ha servido de material para poder generar políticas públicas dentro del Estado, que vino abriendo las puerta de todas las instituciones públicas con el objetivo de generar las condiciones de reparación y transformación a la comunidad travesti trans, en todo su estado de vulnerabilidad. Es una sentencia que en sus fundamentos es significativa para nuestro colectivo, donde hemos sido escuchades”.

“Invisibilizar el travesticidio es impedir la tutela judicial efectiva de nuestros derechos, en contra de la ley. #fueuntravesticidio”, concluye el comunicado.



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