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El procurador general dictaminó a favor de que quede firme la absolución de Carrascosa – Télam

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En 2018 la causa recayó otra vez en la Corte Suprema y actualmente está bajo el análisis de Ricardo Lorenzetti.

En 2018 la causa recay otra vez en la Corte Suprema y actualmente est bajo el anlisis de Ricardo Lorenzetti.

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó a favor de Carlos Carrascosa al opinar que debe ser desestimada la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense contra la absolución que le fue dictada en 2016 al viudo por el homicidio de su esposa María Marta García Belsunce, informaron fuentes judiciales.

Si al momento de resolver este recurso de queja elevado por la Procuración General bonaerense en 2018, la Corte Suprema de Justicia de la Nación comparte el mismo criterio que Casal, Carrascosa (75) quedará absuelto en forma definitiva en este caso, que ya cumplió 18 años y que este año tuvo un rebrote de interés público cuando se estrenó el documental «Carmel, ¿Quién mató a María Marta».

«En mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada», afirmó Casal en su dictamen de ocho fojas al que tuvo acceso Télam y que está firmado el 1° de ese mes.

Según su criterio, «el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la provincia en temas de prueba y de derecho común y procesal local, que son propios de éstos».

«La doctrina de la arbitrariedad de sentencia -cabe destacar una vez más- no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente asegurado», agregó Casal.

«En fin, no encuentro en ese trámite la violación al derecho de defensa que alega el recurrente ni, por ello, razones para objetar la sentencia de la corte bonaerense que permitan fundar la competencia por apelación del Tribunal según su doctrina de la arbitrariedad», concluye el procurador.

En el dictamen, el procurador también reivindicó el fallo de la Suprema Corte bonaerense que el 3 de octubre de 2018 confirmó la absolución que le había dictado en 2016 el Tribunal de Casación Penal de la provincia, y que fue el apelado 14 días más tarde por el subprocurador bonaerense, Juan Ángel de Oliveira, para que la causa llegara a la Corte nacional.

«En lo que respecta a la absolución relativa a la acusación por el delito de homicidio (…), la corte bonaerense fundó su resolución en una evaluación de la sustancia del control llevado a cabo por la sala revisora», explicó.

«Ésta –continuó Casal-, valoró uno a uno los indicios en los que sus pares de la instancia anterior apoyaron su conclusión incriminatoria, y entendió que o bien no eran tales, o bien, en todo caso, eran insuficientes para atribuir a Carrascosa una participación, como coautor, en el homicidio cometido, con la seguridad necesaria para justificar una sentencia penal condenatoria».

Los vaivenes judiciales de Carrascosa a lo largo de los 18 años de la causa fueron de un extremo al otro: en el juicio de 2007 lo condenaron por encubrimiento y en 2009 el Tribunal de Casación lo condenó a prisión perpetua por el homicidio y lo envió a la cárcel.

Tras varios años de apelaciones, la defensa de Carrascosa, a cargo de Fernando Díaz Cantón, logró que en 2014 la Corte nacional ordenara una revisión integral de la causa y ese fue el puntapié inicial para que en diciembre de 2016 un nuevo fallo del Tribunal de Casación bonaerense, detectara graves irregularidades en la investigación del fiscal Diego Molina Pico, anulara la condena a prisión perpetua y absolviera al ex corredor de bolsa

«El Gordo» –tal como le dicen sus allegados-, recuperó su libertad tras pasar siete años preso: de junio de 2009 a febrero de 2015 en el penal de Campana y desde entonces a diciembre de 2016 con prisión domiciliaria y tobillera electrónica en un country de Escobar.

Pero esa absolución del viudo fue apelada por la Procuración General bonaerense y desde 2018 la causa recayó otra vez en la Corte Suprema nacional y actualmente está bajo el análisis del ministro Ricardo Lorenzetti, luego de que el expediente pasara por sus colegas Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, según confirmaron a Télam fuentes judiciales.

El caso

La socióloga García Belsunce (50) fue hallada muerta el 27 de octubre de 2002 en su chalet del country Carmel de Pilar, con su cuerpo semisumergido en la bañera y su marido Carrascosa declaró siempre que él pensó que había sufrido un «accidente» y se había golpeado la cabeza contra una viga del techo y las canillas.

La autopsia practicada a 36 días del hecho comprobó que había sido asesinada de seis balazos en el cráneo, cinco de los cuales penetraron en el cráneo y el sexto -«el pituto»- le rebotó, con un arma calibre .32 largo que nunca apareció.

Los vaivenes judiciales de Carrascosa a lo largo de los 18 años de la causa fueron de un extremo al otro.

Los vaivenes judiciales de Carrascosa a lo largo de los 18 aos de la causa fueron de un extremo al otro.

Este año, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro debía realizar entre el 3 de agosto y el 14 de octubre el tercer debate oral por el caso, el que tiene como presuntos coautores del homicidio al exvecino Pachelo (44) y a los dos exempleados de seguridad Norberto Glennon (55) y José Ramón Alejandro Ortiz (43), pero quedó pospuesto por la pandemia.

La hipótesis que intentarán demostrar los fiscales Andrés Quintana y Matías López Vidal en este debate que aún no tiene nueva fecha de inicio, es que María Marta fue ejecutada a balazos cuando sorprendió dentro de su casa a ladrones.



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